De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 2.3.3.1.2.4. del Decreto 1425 del 2019 y a lo previsto en del MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA AGUA Y SANEAMIENTO PARA LA PROSPERIDAD – PALN DEPARTAMENTAL PARA EL MANEJO EMPRESARIAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO (PAP – PDA) DEPARTAMENTAL DEL MAGDALENA, me permito convocar a los Alcaldes de los Municipios de Ciénaga, Aracataca, Algarrobo, Ariguaní, Chibolo, Fundación, Cerro de San Antonio, Guamal, El Retén, Zona Bananera, Nueva Granada, Plato, Pijiño del Carmen, Concordia, Zapayán, San Sebastián de Buenavista, Sitionuevo, Santa Bárbara de Pinto, Pueblo Viejo, Tenerife, Pivijay, Sabanas de San Ángel, Salamina, El Piñón, Pedraza, El Banco y el Distrito de Santa Marta, para el día Jueves 23 de diciembre del 2021 de 8:00 am a 6:00 pm para que expresen el sentido de su voto en el correo electrónico amg@aguasdelmagdalena.com y escojan a dos (2) representantes de los alcaldes para que hagan parte del Comité Directivo.
De acuerdo con el páragrafo 2 del artículo 2.3.3.1.2.4. del Decreto 1425 del 2019, surtido el proceso de elección, los alcaldes informarán al Gobernador los representantes que resulten elegidos. Si transcurridos diez (10) días hábiles desde el momento en que el Gobernador hubiese realizado la publicación de la convocatoria, los alcaldes no informaren quiénes son los representantes elegidos, los mismos serán designados por el Gobernador.
Ordénese la publicación del presente aviso en la página web oficial de la Gobernación del Magdalena y en la página web de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P., así como en las redes sociales de ambas entidades.
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2021/12/16 13:46
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