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- Tipo documental
- Decreto
- Número
- 555
- Carpeta
- Normatividad › Decretos
- Fecha del documento
- 3 septiembre, 2026
- Publicado en el sitio
- 3 septiembre, 2026 09:50
- Versión
- 1.0
- Formato
- PDF · 10,4 MB
- Descargas
- 46
- Plan de desarrollo
- Política Pública
- Transparencia
Resumen generado con IA: Decreto No. 555 del 28 de agosto de 2026 expedido por la Gobernación del Magdalena mediante el cual se adopta el Programa de Transparencia y Ética Pública para el periodo 2026-2027, se designa su administrador y se dictan otras disposiciones.
Resumen automático de referencia. El contenido oficial es el del documento.
Datos del documento: Decreto N.º 555 · 28 agosto, 2026
Extracto de la primera página:
Magdalena Página 1 de 16 “Por medio del cual se adopta el Programa de Transparencia y Ética Pública de la O O Gobernación del Departamento del Magdalena para el periodo 2026-2027, se designa su > 3 administrador y se dictan otras disposiciones”
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los numerales 1, 2 y 15 del artículo 305 de la Constitución Política, por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, por el Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, adicionado por el Decreto 1122 de 2024, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Constitución Política señala como fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y asegurar la vigencia de un orden justo; fines que resultan directamente afectados por la corrupción, en cuanto este fenómeno desvía los recursos y las decisiones públicas del interés general hacia el provecho particular.
Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; y que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el artículo 270 de la Constitución Política ordena a la ley organizar las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la…
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